Clausulas contractuales

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TS: son nulas las cláusulas contractuales que establecen un plazo superior a 60 días para el abono de las facturas en operaciones comerciales

25 de noviembre de 2016 Noticias Pago de facturas

El plazo de 60 días para el pago de las facturas previsto en el art. 4 de la Ley 3/2004 de 29 de diciembre de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales, tiene carácter imperativo para las partes, por lo que son nulos de pleno derecho aquellos pactos o cláusulas contractuales que prevean un plazo de pago superior a dicho límite temporal.

TS: se considera “cláusula lesiva” para el asegurado aquella que reduce considerable y desproporcionadamente su derecho, vaciándolo de contenido

En el caso del seguro de transporte, la exclusión de la cobertura de los daños producidos a la mercancía transportada en su carga y descarga no es algo que pueda  esperarse o considerarse usual o normalmente derivado de sus cláusulas particulares, por lo que se considera cláusula lesiva y, por tanto, inválida.

El Tribunal Supremo rechaza apelación de terceros por no ser consumidores ni concurrir rasgos de usura

La Sentencia dictada por esta Sala el día 18 de junio de 2012 desestima el recurso de casación en el que, con solicitud de revocación de la Sentencia dictada en apelación, se pretendía la nulidad de un contrato de préstamo por ser contrario a la Ley de represión de la usura o, subsidiariamente, la nulidad de una de sus cláusulas –la tercera- por ser contraria al apartado 1.a) y 2 del artículo 10 de la Ley 26/1984, de 19 de julio General para la defensa de los consumidores y usuarios. La Sentencia de apelación desestimó el recurso de los prestatarios en atención a que no reunían la condición de consumidores y al carácter negociado de las cláusulas contractuales. Rechazó igualmente el pretendido carácter usurario del préstamo por no concurrir los presupuestos para la aplicación de la Ley de represión de la usura.

El Tribunal Supremo rechaza apelación de terceros por no ser consumidores ni concurrir rasgos de usura

La Sentencia dictada por esta Sala el día 18 de junio de 2012 desestima el recurso de casación en el que, con solicitud de revocación de la Sentencia dictada en apelación, se pretendía la nulidad de un contrato de préstamo por ser contrario a la Ley de represión de la usura o, subsidiariamente, la nulidad de una de sus cláusulas –la tercera- por ser contraria al apartado 1.a) y 2 del artículo 10 de la Ley 26/1984, de 19 de julio General para la defensa de los consumidores y usuarios. La Sentencia de apelación desestimó el recurso de los prestatarios en atención a que no reunían la condición de consumidores y al carácter negociado de las cláusulas contractuales. Rechazó igualmente el pretendido carácter usurario del préstamo por no concurrir los presupuestos para la aplicación de la Ley de represión de la usura.

El Tribunal Supremo rechaza apelación de terceros por no ser consumidores ni concurrir rasgos de usura

La Sentencia dictada por esta Sala el día 18 de junio de 2012 desestima el recurso de casación en el que, con solicitud de revocación de la Sentencia dictada en apelación, se pretendía la nulidad de un contrato de préstamo por ser contrario a la Ley de represión de la usura o, subsidiariamente, la nulidad de una de sus cláusulas –la tercera- por ser contraria al apartado 1.a) y 2 del artículo 10 de la Ley 26/1984, de 19 de julio General para la defensa de los consumidores y usuarios. La Sentencia de apelación desestimó el recurso de los prestatarios en atención a que no reunían la condición de consumidores y al carácter negociado de las cláusulas contractuales. Rechazó igualmente el pretendido carácter usurario del préstamo por no concurrir los presupuestos para la aplicación de la Ley de represión de la usura.

La imposición de la plusvalía al adquirente en los contratos de adquisición de vivienda. Ejemplo prototípico de cláusula abusiva

Gran parte de la jurisprudencia menor ha venido considerando que la inclusión, en los contratos de adquisición de vivienda, de cláusulas contractuales por las que el adquirente viene obligado al pago de la plusvalía (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) tiene su legitimidad en la libre disposición y voluntad de las partes, que se manifiesta de forma genuina en la adopción, libre y consentida, de todo tipo de "pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente", sin más límites que las leyes, la moral y el orden público (art. 1255 C. Civil).

La AP Barcelona declara nulas por abusivas cinco cláusulas contractuales habituales de Vueling

31 de octubre de 2013 Noticias Consumidores y usuarios

Entre otras, se declara la nulidad de la consideración de una huelga como circunstancia extraordinaria que evite a la compañía responder por la cancelación de un vuelo; el derecho a rechazar el equipaje por no ser adecuado para ser transportado; la posibilidad de que el personal de la aerolínea inspeccione manualmente el equipaje del pasajero sin la presencia de un agente de la autoridad o el rechazo a transportar en la aeronave a más de seis niños de entre 5 y 8 años, así como la exoneración de responsabilidad del transportista por abolladuras, rasguños, asas y ruedas rotas del equipaje.

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